LA IGLESIA Y LOS DERECHOS HUMANOS
La editorial Desclée de Brouwer ha publicado
recientemente un libro que he preparado con interés y
esmero durante varios años. Se titula “La Iglesia y los
derechos humanos” (193 págs.).
Este asunto me ha interesado tanto porque creo que
contiene una de las claves que mejor explican muchas de
las cosas que están ocurriendo en la sociedad y en la
Iglesia. El hecho es que a estas alturas, cuando han
pasado cerca de 60 años de la Declaración de los
derechos humanos (10.12.1948), la Iglesia católica no ha
aceptado los contenidos fundamentales de esa
declaración. Y no los ha aceptado ni como Estado (el
Estado de la Ciudad del Vaticano), ni en cuanto que
es una de las confesiones religiosas más importantes del
mundo.
Los católicos deben saber que el Vaticano, como Estado
asociado a Naciones unidas, no ha firmado todavía ni el
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales ni el Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos, aprobados en la Asamblea General de la ONU
el 16 de diciembre de 1966. Estos dos Pactos y la
Declaración de 1948 se convirtieron en cuerpo legal,
obligatorio para los Estados firmantes. Esto quiere
decir que la Iglesia católica, como Estado, no ha
aceptado aún los derechos humanos, uno de los logros más
grandes de la humanidad en el siglo XX. Tampoco ha
admitido la Iglesia los derechos de las personas en su
organización interna.
Es verdad que la Iglesia se rige por el Código de
Derecho Canónico, en el que se habla de derechos y
deberes de los fieles. Pero si todo eso se mira desde
una mentalidad propiamente jurídica, en realidad es
letra muerta. Los juristas insisten en que un derecho es
verdaderamente tal cuando su obtención no depende de la
buena voluntad de los demás, sino de que el sujeto de
ese derecho pueda demandar judicialmente a quien lo
incumple. Sólo tiene derecho a algo el que, si se ve
privado de aquello a lo que tiene derecho, puede poner
una denuncia ante un juzgado, con garantías de obtener
éxito en su demanda.
Ahora bien, en la Iglesia no existe esto. Porque todo
el poder está concentrado en un solo hombre, el papa,
cosa que aparece claramente dicha en los cánones 331,
333, 1404 y 1372. La Iglesia católica es la última
monarquía absoluta que queda en Europa. Lo cual
quiere decir dos cosas:
1) El Estado de la Ciudad del Vaticano no reconoce ni
acepta los derechos humanos, por más que los papas,
desde Juan XXIII, vengan exhortando a los demás a su
fiel cumplimiento.
2) La Iglesia no reconoce derechos, en sentido
propio, a su fieles, lo que quiere decir que los
católicos somos “creyentes sin papeles”, es decir, si
nos vemos agredidos en nuestros derechos por la
Institución Eclesiástica y sus autoridades no tenemos ni
a dónde ni a quién recurrir para exigir derecho alguno.
Este hecho nos enfrenta a un problema jurídico de
primera importancia. Porque nos viene a decir que los
Estados que tienen su embajada ante el Estado de la
Ciudad del Vaticano deben ser conscientes de que
mantienen relaciones diplomáticas con un Estado que no
es, en sentido propio, un Estado de derecho.
Un Estado que, como es patente, no tiene poder económico
y militar determinante en las relaciones
internacionales, pero que sigue teniendo un poder
sobre las conciencias de muchos ciudadanos y, por
tanto, un poder ético y mediático que muchos
gobiernos siguen considerando de primera importancia.
Por eso parece razonable pedir a los estudiosos del
derecho internacional y constitucional que presten más
atención a los frecuentes problemas que suelen plantear
las religiones (concretamente la Iglesia católica) en no
pocos asuntos relacionadas con el derecho.
Sin embargo, no es esto lo más importante en este
asunto. Lo más serio que se plantea a partir de lo dicho
es el problema teológico. La creciente
importancia que van logrando los derechos humanos en la
opinión pública está poniendo en evidencia que la
teología católica, especialmente la eclesiología, no ha
querido o no ha sabido afrontar el problema quizá más
grave y más urgente que tiene planteado en este momento.
Se trata del problema de cómo se puede y se debe
ejercer el poder en la Iglesia.
A la teología católica le ha interesado, durante siglos,
quién puede y debe ejercer el poder en la
Iglesia. Pero no le ha interesado en la misma medida
precisar cómo se debe ejercer ese poder, si es
que pensamos este asunto desde el Evangelio. Porque
sabemos que Jesús prohibió a sus apóstoles ejercer el
poder como lo ejercen los poderosos y gobernantes de
este mundo (Mc 10, 43 par). Pero hoy nos encontramos con
la curiosa contradicción de que los poderes democráticos
de este mundo respetan los derechos de los seres humanos
como no los respeta el sucesor de Pedro y Vicario de
Cristo en la tierra.
En consecuencia, hay que decir con toda claridad que
el papa no tiene poder para actuar de manera que, de
hecho, prive a los fieles católicos de sus derechos más
fundamentales. No es, por tanto, ni una falsedad ni
una exageración afirmar que el papado está cometiendo un
abuso de poder para el que no está legitimado.
Pero hay más. Lo que acabo de explicar nos lleva
derechamente al problema de fondo que se oculta
en todo este asunto: ¿En nombre de qué Dios y con qué
autoridad presuntamente divina se puede privar a los
seres humanos de sus derechos más fundamentales?
Mientras la Iglesia no responda a esta pregunta y
mientras no resuelva este problema no tendrá
credibilidad ni, por tanto, podrá cumplir con su misión
y su razón de ser en este mundo.
Este libro, argumentado desde la documentación histórica
y jurídica pertinente, pretende ser una introducción al
estudio de cuestiones que obligan a la teología católica
a repensar seriamente algunos de sus planteamientos más
tradicionales, considerados como intocables.
José María Castillo