anteproyecto de ley
en cataluña
de actividades religiosas
La Generalidad de Cataluña está preparando un 'anteproyecto de ley sobre
centros de culto o de reunión con fines religiosos', esto
es, una ley de actividades religiosas.
El
anteproyecto de Ley establece que para reunirse en un local
'con fines religiosos', el local necesitará una licencia. Y
la licencia, la dará (o quitará) el ayuntamiento, cuando
quiera y a quien quiera.
Una vez
aprobada esta ley, no se podrá abrir ninguna otra parroquia
en Cataluña si el poder político no lo quiere. Y cualquier
alcalde podrá cerrar cualquier parroquia por no disponer de
licencia para realizar actividades religiosas. Según esta
ley, el poder político podría cerrar todas las parroquias
que quisiera no dándoles o no renovándoles la licencia.
La
consecuencia es que si una parroquia quiere tener licencia o
quiere mantenerla o quiere renovarla, el párroco no tendrá
más remedio que someterse a las directrices lingüísticas,
ideológicas y morales señaladas por el poder político.
Pero aún
más hay más, esta ley implica que la simple reunión en la
calle, en un parque o en el campo para cantar canciones
religiosas o para rezar o para realizar romerías o
procesiones es un delito si no se dispone de la pertinente
licencia para realizar esa actividad religiosa.
El
anteproyecto de ley establece que para que un ayuntamiento
permita una actividad religiosa el ayuntamiento tendrá en
cuenta el criterio de proporcionalidad con la población del
término municipal. ¿Qué significa esto? Que no se darán
licencias o que se quitarán licencias en municipios que no
tengan un segmento significativo de fieles con respecto a la
población de ese municipio que justifique el desempeño de
dicha actividad. Por este criterio muchísimas parroquias
pueden ser cerradas en cuanto se publique la ley en el
Boletín de la Generalidad. Incluso grandes centros de culto
como el Monasterio de Montserrat y el Monasterio de Poblet
podrían ser cerrados.
Este
anteproyecto de Ley ha sido elaborado por la Dirección de
Asuntos Religiosos de la Generalidad de Cataluña.
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