CAMBIO COSMÉTICO EN EL VATICANO
Tras hacerse públicas las modificaciones introducidas a las
normas de los delitos más graves de la Congregación para la
Doctrina de la Fe, los apologistas del Vaticano han lanzado
las campanas al vuelo y, sin sentido crítico alguno y en un
acto de fe más que de objetividad, se han apresurado a
afirmar que las nuevas normas terminan con la impunidad de
los clérigos pederastas, cualquiera que sea su rango en la
Iglesia católica, y establecen tolerancia cero para delitos
tan graves. ¿Son así las cosas?
Yo creo que no. Las modificaciones son solo una operación
cosmética, un simple revoque de fachada que se ha visto
obligado a hacer el Vaticano por las fuertes presiones de
organismos internacionales, movimientos cristianos de base,
medios de comunicación, etcétera.
La pederastia es una gangrena, un cáncer con metástasis
extendido por todo el cuerpo eclesial, una bomba de
relojería que le ha explotado a Benedicto XVI en las manos.
Esos delitos eran sobradamente conocidos por las autoridades
eclesiásticas tanto locales como vaticanas. Estuvieron
varias décadas sobre la mesa del cardenal Ratzinger durante
el cuarto de siglo en que fue todopoderoso prefecto de la
Congregación para la Doctrina de la Fe, sin que se tomaran
medidas sancionadoras, ni siquiera las que prescribía el
Código de Derecho Canónico.
El propio cardenal Ratzinger se mostró permisivo cuando era
arzobispo de Múnich al mantener a un sacerdote pederasta en
la actividad pastoral con niños, en vez de apartarlo
definitivamente del sacerdocio. Tampoco actuó penalmente ni
colaboró con la justicia civil en el caso de un sacerdote
norteamericano que abusó de decenas de personas
discapacitadas.
Es
verdad que en los últimos meses Benedicto XVI ha pedido
perdón a las víctimas en ceremonias de alta tensión emotiva
y ha calificado los actos de pederastia de los clérigos de
crimen horrendo. Pero no ha asumido responsabilidad alguna,
cuando ha sido encubridor y, en cierta medida, cómplice, de
palabra o por omisión.
Por
omisión en los casos antes citados. De palabra con la
aprobación del documento De gravioribus delictis, de 2001,
que reservaba los delitos de pederastia de los clérigos con
menores de 18 años a la congregación presidida por él.
Este
modo tan permisivo de proceder en el pasado por Ratzinger
revela que las actuales modificaciones no responden a una
verdadera voluntad de atajar el problema de raíz ni de
cortar por lo sano ni de poner a los culpables en manos de
los tribunales de justicia. Lo propio hubiera sido la
derogación del funesto documento del 2001, no ligeras
modificaciones.
Los
más disconformes con las nuevas normas son las asociaciones
de víctimas y las organizaciones solidarias con ellas,
legitimadas para expresar su malestar o desencanto.
·
La
corriente Iglesia sin Abusos las ha calificado de avance
tardío e insuficiente y ha aseverado que lo importante no es
el cambio en las normas, sino en la práctica, y eso está por
ver.
·
El
movimiento austriaco Somos Iglesia constata que los abusos
sexuales de los clérigos «son en realidad abusos de poder en
una forma sexual», y que las normas aprobadas recientemente
no van a la raíz de la verdadera patología de las
estructuras eclesiásticas.
·
La
asociación Víctimas de la Violencia en la Iglesia exige que
se abran de par en par los archivos del Vaticano sobre
abusos sexuales y se entreguen los informes relativos a
dichos abusos a las autoridades civiles.
Bienvenida sea la consideración como delito de la
adquisición, posesión y divulgación de pornografía de
menores de 14 años con intencionalidad libidinosa por parte
de los clérigos. Pero llega un poco tarde. ¿Es que no lo era
antes? ¿Lo descubre el Vaticano ahora cuando la pornografía
infantil está tipificada como delito en los códigos penales?
Pero
lo que me parece inadmisible teológica y jurídicamente es la
equiparación que el documento establece entre pornografía
infantil, ordenación sagrada de las mujeres, herejía, cisma
y apostasía. A todos ellos se les considera delito grave al
mismo nivel.
Y yo
me pregunto: ¿cómo puede tipificarse de delito grave y
punible el acceso de las mujeres al sacerdocio cuando se
trata de un derecho y de una reivindicación legítima? El
machismo y el patriarcalismo del Vaticano son incorregibles.
¿Cómo
situar en el mismo plano delictivo que la pornografía
infantil la apostasía cuando esta es un ejercicio legítimo
de libertad de conciencia y de libertad religiosa? De nuevo
la Iglesia católica, contra los derechos humanos.
¿Cómo
atribuir la misma gravedad delictiva que a la pederastia a
la herejía y al cisma, cuando estas se mueven en el terreno
ideológico, constituyen un ejercicio legítimo de libertad de
expresión y de investigación, y se inscriben dentro del
pluralismo religioso y del derecho al disenso, reconocidos
por el concilio Vaticano II? El Vaticano sigue instalado en
la ortodoxia dogmática e inquisitorial sin posibilidad de
debate entre los expertos.
Tamaños despropósitos invalidan el documento vaticano y le
privan de toda credibilidad tanto dentro como fuera de la
Iglesia católica.
Juan José Tamayo
el
periódico.com